Objeto y ámbito
Esta convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación de personas con discapacidad, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Personas o entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades empleadoras de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.
Acciones subvencionables y cuantía de la subvención
Resultará subvencionable:
- La contratación indefinida a jornada completa de las personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo.
- La contratación, por un periodo entre 3 y 12 meses, de las personas con discapacidad severa.
El importe de la subvención será:
- En el caso de contrataciones indefinidas a jornada completa de personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo: 12.500 euros (si concurre adicionalmente la condición de víctima de violencia sobre la mujer, 22.000 euros; si concurre la de discapacidad severa, 30.000 euros).
- En el caso de contrataciones temporales a jornada completa de personas con discapacidad severa: 950 euros por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato.
Los contratos a tiempo parcial de al menos 15 horas semanales de las personas con discapacidad severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la subvención.
Condiciones de la contratación
- La contratación deberá efectuarse a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2025.
- La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla.
- Las personas trabajadoras subvencionadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo ubicados en la Comunitat Valenciana.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a las 10 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Las solicitudes deberán presentarse después de la contratación objeto de subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 1 de septiembre de 2025.
Podrás encontrar toda la información al respecto y detallada en: Labora – Subvenciones
